Otro condenado a prisión por no cumplir con la pensión
En 14 años solo depositó la suma de G. 600.000 en la cuenta judicial.
Un hombre fue hallado culpable por el hecho punible de Incumplimiento del Deber Legal Alimentario y condenado a 2 años de prisión. El Juicio Oral y Público se llevó a cabo este miércoles 26 de febrero, en el Poder Judicial de Ciudad del Este.
La fiscal Carolina Rosa Gadea, en representación del Ministerio Público, sustentó la acusación contra el encausado y produjo numerosas pruebas durante el desarrollo del debate público. Mediante estos elementos probatorios, pudo demostrar su responsabilidad en el ilícito.
Luego, los jueces Serafín González, Vitalia Duarte y Jorgelina Melgarejo, integrantes del órgano judicial, valoraron las pruebas y aplicaron la sanción penal, que obliga al hoy condenado a hacer efectiva la sentencia. Es decir, el hombre cumplirá la pena en una penitenciaría.
Refieren los antecedentes, que la causa se inició el 22 de marzo del 2006, tras la denuncia radicada por la expareja del hoy condenado, en representación de su hijo menor de edad. El hombre estaba obligado al pago mensual de 300 mil guaraníes como prestación alimentaria. Dicho monto debía depositar en una cuenta judicial del Banco Nacional Fomento (BNF), según la Sentencia Definitiva 347, de fecha 12 de diciembre del 2005, firmada por el Juzgado de la Niñez y Adolescencia.
Sin embargo, Álvarez Romero hizo caso omiso al mandato de la Justicia y solamente depositó 600 mil guaraníes en todos estos años. Con su conducta remisiva ha empeorado aún más la condición básica del niño. El hombre argumentó problemas familiares para incumplir la orden judicial, siendo luego procesado y finalmente condenado.
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