Pagos de la totalidad de alquileres no son obligatorios hasta junio
Inquilino no puede ser desalojado por no pagar totalidad del alquiler por este y los próximos dos meses.
Así lo dio a conocer el director de Defensa al Consumidor de la Municipalidad de Ciudad del Este, Richard González, luego de ser notificados por la Secretaría de Defensa del Consumidor y el Usuario, recordando la vigencia de la Ley 6524/2020.
González mencionó que, debido a la Emergencia Sanitaria que se vive en el territorio nacional, los pagos de la totalidad por alquileres de locales comerciales o de vivienda de los meses de marzo, abril y mayo se pueden posponer hasta junio. "Para eso el inquilino debe realizar abonar al menos el 40%. En caso de que sea así, ya depende del inquilino si paga o no la totalidad en estos tiempos de crisis", mencionó.
Al mismo tiempo, aclaró que no se trata de exoneración de pago de los alquileres, sino que es una postergación del pago total. "En junio el inquilino puede negociar con el locador el pago pendiente por estos meses y financiarlos hasta en seis cuotas".
Siempre y cuando se pague el 40%, el locador no podrá iniciar un juicio de desalojo contra el locatario ante la falta del pago total durante estos meses. No así para los que no puedan pagar el porcentaje estipulado, quienes ya quedarían a merced del dueño del inmueble.
Comentarios