Suspenden 2 locales de CDE por polución sonora
Tras quejas de vecinos.
La Municipalidad de Ciudad del Este realiza controles continuos de locales comerciales por quejas reiteradas de vecinos por las molestias que impiden el debido descanso a causa de la polución sonora.
Los casos se repiten, pese a la vigencia de la Ley 6.390 que tiene por objeto regular la emisión de ruidos capaces de afectar el bienestar o dañar la salud de personas o seres vivos.
A través de las Dirección de Gestión Ambiental y su División de Control e Inspección Ambiental y el acompañamiento de agentes de la Policía Municipal de Tránsito, se procedió al cumplimiento del Oficio N°095, emanado del Juzgado de Faltas Municipales 2da Sala; sobre suspensión temporal de actividades en el establecimiento comercial denominado Espetinho Do Goiano, dedicado al rubro de gastronomía del barrio Pablo Rojas.
La sanción es por emisiones de ruidos molestos, la cual fue dispuesta a raíz de varias denuncias formuladas por vecinos. La intervención se realizó, por tanto, en carácter de medida de urgencia.
El proceso se desarrolló en el marco del cumplimiento de la Ley Orgánica Municipal 3966/10, Ley 6390/21 que regulan la emisión de ruidos molestos y las Ordenanzas N° 10/94J.M, 23/92 J.M, 28/2020J.M, 030/20 J.M, 05/76 J.M y Leyes especiales vigentes.
OTRO LOCAL SUSPENDIDO
En un procedimiento similar, se dio cumplimiento al Oficio N°097, emanado del Juzgado de Faltas Municipales 2da Sala, en el establecimiento denominado ¨ONCE42 SKATE HOUSE¨, ubicado en el Barrio Boquerón, sobre la Avda. Capitán Brizuela. La sanción de suspensión temporal de actividades es por generar aparentemente emisiones de ruidos molestos y la supuesta falta de patente municipal en observancia a la actividad ejecutada.
La institución municipal informa que seguirán los controles, notificaciones, intervenciones y sanciones administrativas a los locales que estén realizando actividad o evento que emita sonidos capaces de perturbar el bienestar de las personas u otros seres vivos.
En la Ley Nacional 6.390 que debe hacerse cumplir por la Policía Nacional, se establece que queda prohibido emitir sonidos al ambiente por encima de los niveles o en contravención de los límites máximos establecidos en las normas técnicas, legales o reglamentarias vigentes que tengan origen en: establecimientos de cualquier índole, maquinarias, motores y herramientas, actividades sociales o domiciliarias, actividades publicitarias, vehículos de cualquier tipo, otras actividades que tuvieran la potencialidad de generar ruido. La ciudadanía también puede denunciar los casos de polución sonora, llamando al 911.
En sus Artículos 8º y 9º, esta ley establece claramente que la Policía Nacional está facultada para actuar, de oficio o por denuncias, en conjunto con el Ministerio Público, de manera a ordenar el cese de ruidos molestos, de forma inmediata, en recintos privados y/o públicos.
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