Desvinculan a superintendente de Itaipu por acoso
Tras un año de sumario, se comprobó que acosaba sexualmente a una aprendíz.
La Dirección Jurídica de la ITAIPU Binacional informó en conferencia de prensa la suspensión del Contrato Individual de Trabajo del empleado Arturo Giménez, como resultado del sumario administrativo, debido a irregularidades constatadas que atentan contra el Reglamento del Personal de la ITAIPU Binacional (Artículo 31) y el Código del Trabajo (Artículo 81). Considerando que el citado empleado cuenta con más de 10 años de antigüedad, informó además que se inicia un juicio ordinario de despido justificado.
Entre las causales se mencionan: mala conducta o mal procedimiento, acto lesivo de la honra o de la buena fama practicado en el servicio contra cualquier persona, u ofensa física, en las mismas condiciones, salvo en caso de legítima defensa, propia o de otro; acto que lesione la honra y la buena fama de la ITAIPU.
La directora jurídica de la Entidad, Iris Magnolia Mendoza, manifestó que durante el sumario administrativo se comprobó el mal uso de sus atribuciones por parte de Arturo Giménez en su carácter de superintendente. Explicó que a través de las pruebas arrimadas, el juzgado de instrucción sumarial constató la existencia de estos hechos irregulares.
“Creo que todos conocemos la existencia de un audio donde se incita a un subordinado a sustraer los teléfonos celulares de unas aprendices que prestaban servicios en Ciudad del Este”, acotó la directora jurídica, al tiempo de precisar que a raíz de esa situación el empleado denunciado solicitó la comparecencia de una escribana en el lugar de trabajo de la aprendiz Mariza Irigoyen (la denunciante del caso), “hecho que para nosotros configura un hostigamiento”, puntualizó.
El juez instructor del sumario administrativo, abogado Hugo Ruíz, dio lectura a la Resolución conclusiva N° 4/2018, que establece la aplicación de la sanción disciplinaria al empleado Arturo Giménez Gallardo, conforme al Artículo 90, párrafo 2, Inc. B del Reglamento del Personal de ITAIPU Binacional, como consecuencia de las irregularidades que se constaron en el sumario, y la absolución del empleado Gustavo A. Santander y de la aprendiz Mariza Irigoyen.
En conclusión, señala la Resolución N° 4, ha quedado demostrado que el empleado incurrió en irregularidades administrativas con su actuar, desobedeciendo las normativas legales y administrativas vigentes de la ITAIPU Binacional. Se le atribuye, además, actos que no corresponden y son indebidos en una relación de trabajo entre compañeros, con el agravante de que se trata de una relación de jerárquica y de subordinación directa de quien fuera un superintendente de la Entidad.
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