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Aumentan restricciones para circulación de vehículos y personas

La circulación únicamente se permitirá de 05:00 a 23:00 para rubros específicos.



El Poder Ejecutivo dispuso un nuevo decreto que restringe la circulación de personas y vehículos a partir de este viernes hasta el domingo 12 de abril.

El nuevo decreto incrementa las restricciones al tránsito de lo establecido el 20 de marzo pasado permitiendo el desplazamiento mínimo e indispensable para el aprovisionamiento de artículos de limpieza, alimentos y medicamentos.

Entre las excepciones a la movilización se incluye a las personas que prestan servicios de salud, policías, militares, personas que asisten a adultos mayores o niños, y personal de limpieza de hospitales y hogares.

Trabajadores de medios de comunicación, para la prestación de servicios en constancia de la hora de cobertura específica. Así como el personal mínimo para la cadena logística de supermercados, farmacias y despensas.

En cuanto al delivery, lo mismo será productos de primera necesidad, y las expendedoras de combustible y distribuidoras de garrafas, estarán restringido al horario de 05:00 a 23:00, informó el ministro del Interior, Euclides Acevedo.

Sobre el transporte público, el mismo estará regulado por la Dinatran y se garantizan los servicios de transporte a excepción del Viernes Santo, indicó el ministro.

Añadió que las excepciones y las constancias laborales para los servicios indispensables  tendrán carácter de declaración jurada por parte de los ciudadanos. Quienes incumplan las medidas o no puedan justificar su circulación estarán sujetos a las disposiciones del Código Sanitario, de la Ley de Delitos Ambientales y el Código Penal Vigente.

Al respecto, la fiscal general Sandra Quiñónez informó que se ya cuentan con casi 1.000 imputaciones y que las mismas tendrán su salida procesal una vez terminado el periodo de cuarentena decretado por el Gobierno, sea este el 12 u otro día, informó