Colegios no pueden negar exámenes ni retener libretas
Tienen varias prohibiciones ante un atraso o mora por el pago del servicio educativo por parte de los padres o tutores.
El Ministerio de Educación y Ciencias (MEC) recuerda a la ciudadanía las normativas vigentes respecto a las cuotas y aranceles en instituciones educativas de gestión privada y privada subvencionada, esto a fin de garantizar el derecho a la educación de niños, niñas y adolescentes.
Este miércoles el MEC emitió un comunicado en el que aclara que en cumplimiento con la Ley N° 5.738/16 está vigente la Resolución del MEC N° 34789/2017 por lo que recuerda a todas las instituciones educativas privadas o subvencionadas que tienen prohibido, ante un atraso o mora por el pago del servicio educativo por parte de los padres o tutores a:
- Denegar el derecho de exámenes parciales o finales.
- Retener las libretas de calificaciones de exámenes parciales o finales.
- Hacer público el estado de cuenta de las cuotas o aranceles educativos.
- Hacer decaer los plazos de las cuotas y aranceles educativos no vencidos.
- Establecer cualquier otra medida que pudiera afectar el derecho a la permanencia y acceso oportuno a la educación.
Así también la cartera Educativa insta a cualquier persona que tome conocimiento que en una institución educativa se incurra en una o varias de estas prohibiciones establecidas en el presente reglamento a realizar la denuncia del hecho ante la Supervisión, la Dirección Departamental, la Dirección de los Derechos de la Niñez y Adolescencia o a la Dirección General de Nivel Educativo.
O bien canalizar sus quejas o denuncias al siguiente correo electrónico oficial del MEC: quejasydenuncias@mec.gov.py
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