Disponen cantidad de personas que deben circular en los vehículos
Entró en vigencia desde el lunes 18 de mayo.
El Ministerio del Interior informó que dispuso y determinó el límite de personas que viajen en vehículos durante la vigencia de la Cuarentena Inteligente. En motocarro podrá ir una persona, en motocicleta hasta dos personas y en automóviles o camionetas hasta cuatro personas.
El Ministerio del Interior a través de la Resolución N° 220, el marco del Decreto 3.576, de fecha 3 de mayo de 2020 «Por el cual se establecen medidas por emergencia sanitaria declarada en el territorio nacional por la pandemia del coronavirus covid 19, correspondiente a la Fase 1 del Plan de Levantamiento Gradual del Aislamiento Preventivo General (Cuarentena Inteligente)».
Igualmente, responde a que entre los recaudos de prevención y cuidados sanitarios se encuentra principalmente el distanciamiento social en la vía pública y en ambientes cerrados, a los efectos de evitar la aglomeración de personas y así prevenir el contagio del coronavirus y de esta manera precautelar la salud de la población en general.
El documento establece que la Policía Nacional labrará acta a todo conductor de vehículo de transporte de personas que viole lo dispuesto en dicha Resolución, comunicando los antecedentes al Ministerio del Interior que, a su vez, remitirá los informes al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social, de conformidad al Decreto 3.456, de fecha 16 de marzo, y a la Ley 836/80 del Código Sanitario.
Se exceptúa de lo dispuesto a las fuerzas de seguridad y al personal de salud, en cumplimiento a su misión institucional
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