Rechazan apelación de rechazo de amparo contra marcha LGTBI
Presentado por tres abogados con intenciones de prohibir la marcha.
La Corte Suprema de Justicia optó por rechazar la apelación al rechazo del amparo que buscaba prohibir la marcha LGTBI en Asunción en las próximas semanas, con el argumento de que el inciente fue presentado de forma extemporánea.
Es decir, la apelación presentada por los abogados Agustín Olazar, Gilberto Maldonado y Justo Pastor Valiente tras el rechazo de su pedido de prohibir la marcha LGBTI en la capital del país en primera instancia, se hizo fuera del plazo establecido por el debido proceso.
Los tres abogados mencionados habían presentado un amparo judicial de modo a que se prohiba la marcha en Asunción, el cual fue rechazado el 27 de setiembre y notificado un día después. No contentos con eso, fueron nuevamente a intentar cumplir el objetivo y el 2 de octubre presentaron la apelación para ello, cuatro días después del resultado de la primera instancia.
Según la normativa, para presentar la apelación los abogados tuvieron 48 horas desde el momento de la notificación para realizar la apelación, tiempo que se cumplió y con demasía, pues el incidente se presentó 96 horas después.
A raíz de ello, la apelación fue inadmisible para el Tribunal.
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